Sin embargo, con el tiempo ha ido cambiando este objetivo, buscando detectar/identificar lo que se han venido a denominar necesidades específicas de apoyo educativo (en adelante NEAE) en solo una parte del alumnado, seleccionándolo y clasificándolo desde un modelo centrado en el alumno problema, para acceder a una determinada cartera de servicios o ayudas especiales, más dentro de la planificación educativa que de la intervención.
Un ejemplo concreto y que nos servirá de base de lo que aquí se plantea, es la aparición del Protocolo de Detección, Identificación del alumnado con NEAE y Organización de la respuesta educativa de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía de 22 de junio de 2015 y sus respectivas actualizaciones de 8 de marzo de 2017 y 8 de marzo de 2021, con el “único fin de articular un proceso de valoración del alumnado con NEAE que se oriente hacia la puesta en práctica de medidas educativas que mejor se ajusten a cada alumno/a y garantizar una escolarización y dotación de recursos ajustada a las necesidades del alumnado”.
Con este objetivo, el citado Protocolo traslada al plano educativo un modelo que replica la forma de abordar los diferentes trastornos y patologías en el ámbito clínico; sin embargo, cuando una necesidad educativa se aborda desde una visión biomédica, al final se conceptualizan las necesidades educativas como trastornos o condición con una base orgánica y/o social y para intervenir mimetiza necesariamente su forma de actuar, de ahí que la implantación de este modelo en el mundo educativo se haya traducido en un proceso de diagnóstico (evaluación psicopedagógica), con su etiquetado (censo de NEAE), derivación a especialistas y espacios diferentes donde abordarlos (dictamen de escolarización).
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